lunes, 25 de enero de 2016

LA DESIGUALDAD COMO NORMA: EL SES Y LOS MÉRITOS DE LAS ENFERMERAS


El SES se opone a dispensar el mismo trato a todas las Enfermeras temporales que se encuentran en idéntica situación. Así de simple y así de discriminatorio.

Es por todos sabido que, en fechas recientes, fueron dictadas por los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz sendas Sentencias que vinieron a reconocer la procedencia de la valoración de servicios prestados por enfermeros en el sector privado a la hora de constituir las Bolsas de Trabajo actualmente en tramitación.

Una vez trascendió este hecho (sobre todo, gracias a su publicación en el DOE), otras enfermeras, que incluso habían trabajado en las mismas clínicas, reclamaron del SES el mismo trato en virtud del principio de igualdad que consagra el artículo 23.2 de la Constitución Española.

Pues bien, nos encontramos ahora con que, en el primer procedimiento que se promovió, el SES alega que ese derecho a la igualdad no resulta vulnerado porque sólo se reconozca la valoración de esa experiencia profesional a los “vencedores” de aquellos pleitos.

Semejante “tesis” es insostenible y llega a causar sonrojo.

Según el SES, en aquellas Sentencias, los Juzgados sólo se pronunciaron respecto a los dos enfermeros demandantes, sin extender al resto de aspirantes los efectos de tales decisiones judiciales. Siendo cierto ese dato, “olvida”, maliciosamente, el SES que, en tales casos, el Tribunal Constitucional y la propia Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura no se cansan de decir que la Administración Pública está obligada a dispensar el mismo trato a todos los aspirantes, con independencia de que hubieran recurrido, o no, a la vía judicial, puesto que, resulta obvio, está en juego el PRINCIPIO DE IGUALDAD. 

De hecho, nuestra Sala dice algo más: porque exige al SES QUE ACTÚE DE OFICIO, SIN TENER QUE ESPERAR A QUE LOS ASPIRANTES RECLAMEN ESE MISMO TRATO.

La vulneración de la cláusula de igualdad no se puede justificar por falta de personal que impida realizar nuevas valoraciones de méritos, ni queda tampoco atemperada por las “buenas palabras” de los gestores del SES.

Cuando se trata de garantizar la igualdad en la función pública estamos hablando de un derecho fundamental, y una Administración Pública viene obligada a neutralizar, cuanto antes, aquello que lo compromete, sin excusas.


Lo que también llama poderosamente la atención es que estas controversias no surjan con el personal médico. Con ese colectivo la experiencia dice que el SES se suele mostrar más respetuoso, cuando menos, cuando se trata de valorar sus méritos porque la victoria de uno beneficia a todos. A saber por qué…

Antes estos dislates, no nos queda más que confiar en la Justicia.



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