martes, 3 de noviembre de 2015

HOY BLANCO, MAÑANA NEGRO: CUANDO LA ADMINISTRACIÓN CAMBIA DE CRITERIO

Qué manía tan dañina esa que caracteriza a algunas Administraciones de cambiar de criterio según sople el viento. ¿Quién sabe? Quizás sólo traten con ello de mostrarse respetuosas con la idea de continua metamorfosis que preconizaba Heráclito, aquel filósofo griego (conocido también como “El Oscuro de Éfeso”, sobrenombre que ya resulta muy revelador) que dijo aquello de: “En los mismos ríos entramos y no entramos, [pues] somos y no somos [los mismos]” o, como también se dice, ningún hombre puede bañarse dos veces en el mismo río. O, tal vez, quieran rendir homenaje a aquel conspicuo escritor checo, autor de “La metamorfosis”, eso sí, reduciendo en muchas ocasiones a la mínima expresión el proceso experimentado por Gregor Samsa.

Nos situamos:
  • Servicio de Salud que, para la selección de personal temporal enfermero, crea en el año 2010, a su manera (sin publicación en diario oficial alguno), unas Bolsas de Trabajo que da en llamar “de especiales características en la categoría de enfermería” (se ve que el término “enfermero” de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, publicada allá por 2003, no terminaba de calar en los Servicios de Salud).
  • Para entrar a formar parte de esas Bolsas “especiales”, las enfermeras interesadas tenían que acreditar una experiencia profesional de al menos tres meses en los últimos tres años en esas unidades (requisito kafkiano porque o te ibas a trabajar a  otra Comunidad Autónoma o, evidentemente, no la podías adquirir) o haber recibido una formación teórico-práctica avalada por una Escuela de Ciencias de la Salud, por la Comisión de Formación Continuada del Sistema Sanitario o por unos Acuerdos de Formación suscritos entre el propio Servicio de Salud y los Sindicatos.
  • Enfermera que, nada más constituirse aquellas Bolsas, solicita su ingreso en una de ellas aportando a tal efecto un certificado expedido por el responsable de formación del mismo Servicio de Salud artífice de su creación que acredita haber recibido una formación de 100 horas.
  • El Servicio de Salud admite a la enfermera en la Bolsa “especial” en cuestión y, de hecho, la llama para trabajar en esa Unidad.
  • Transcurridos más de cinco años y medio, el mismo Servicio de Salud excluye a la enfermera de esa Bolsa “especial” aduciendo que aquel certificado no servía para estar en la misma.

Concretados los antecedentes, podría, ciertamente, limitarme a “atacar” jurídicamente esa decisión administrativa, defendiendo los intereses laborales de la enfermera. No sería difícil porque se trataría de argüir principios tan elementales como el de seguridad jurídica (¿se pueden revisar decisiones tomadas hace más de cinco años?), actos propios (¿una Administración Pública puede decir “hoy blanco, mañana negro”? Recordemos que la formación acreditada por la enfermera fue impartida por el mismo Servicio de Salud), legalidad (¿no tendría que seguir la Administración Pública un procedimiento de revisión para tomar tan severa decisión?), proporcionalidad y plena subsanabilidad (en todo caso, ¿no se le debería dar un plazo a la enfermera para formarse dado que confió legítimamente en que su formación era idónea), etc, sin olvidar que está en juego el derecho fundamental consagrado en el artículo 23.2 de la Constitución Española, pues se trata de acceder, aun de forma temporal, a un puesto de trabajo en una Administración Pública –sanitaria en este caso-.

Podría abordar también la imperiosa necesidad de crear más especialidades oficiales (que no oficiosas, muy dadas al mercadeo formativo) enfermeras y desarrollar con mucha más celeridad las ya previstas, creando plazas ad hoc, en lugar de recurrir a la artificiosa (¿legal?) constitución de Bolsas “especiales”, que no hacen sino abundar en aquella demanda de mayor especialización.

Pero prefiero censurar esa decisión administrativa desde el punto de vista de los pacientes, que son quienes, al fin y a la postre, padecen ese escaso, por no decir nulo, rigor de las Administraciones sanitarias en lo que se refiere a la selección y a la formación de los profesionales. Formación que no sólo atañe a los propios profesionales sino también los Servicios de Salud, que han de facilitarla.

En nuestro caso, nos encontramos con que es el mismo Servicio de Salud que da un curso a enfermeras para trabajar en una determinada Unidad y, de hecho, las llama para ejercer su profesión en la misma, el que, transcurridos más de cinco años y medio, dice que esa formación no era adecuada, con lo que nos manda el siguiente mensaje:

¡¡¿¿durante todo ese tiempo los pacientes no han estado atendidos por profesionales sanitarios debidamente formados??!!

 Lo dicho, kafkiano.

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